Nuevo símbolos de seguridad en los medicamentos aprobados por el Gobierno

——————-SIMBOLOGIA DE FARMACOS————————


El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Sanidad y Consumo, ha
aprobado el pasado día 11 de octubre el real decreto por el que se regula el
procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los
medicamentos.

De
esta manera, con esta aprobación se incorpora la Directiva 2004/27/CE
por la que se establece un código comunitario sobre fármacos de uso
humano que armoniza y recopila en un único texto la normativa
comunitaria de los mismos.

El objetivo fundamental de esta norma
reside en la necesidad de mejorar el funcionamiento de los procesos de
autorización de los medicamentos. Para ello, se ha creado un nuevo
procedimiento de autorización comunitario, que se denomina
descentralizado, con el que se reforzará la posibilidad de cooperación
entre Estados miembros. Así, se agilizará el proceso y se permitirá que
los medicamentos lleguen antes a los pacientes.

Símbolos de los medicamentos

El
real decreto regula tanto el etiquetado como el prospecto de los
medicamentos, por cuanto forman parte de la autorización de
comercialización de los mismos, así como que suponen una garantía para
el uso correcto de éstos.

De esta manera, para garantizar la
seguridad y eficacia en el uso de los medicamentos se han establecido
una serie de símbolos que aparecerán en los envases
.

Asimismo,
el nuevo decreto determina un procedimiento por el cual, antes de su
aprobación, los prospectos deberán someterse a pruebas de consultas con
grupos de pacientes o usuarios, lo que garantizará su legibilidad,
reduciendo los términos de naturaleza técnica y facilitando su adecuada
comprensión.

Medicamentos genéricos

El
decreto desarrolla las previsiones de la Ley de Garantías y Uso
Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios, con lo que se
favorecerá la incorporación de genéricos en el mercado.

De
esta manera, los nuevos medicamentos genéricos podrán solicitar su
autorización cuando se cumplan 8 años de la autorización del
medicamento original, y podrán también utilizar un medicamento de
referencia europeo en los casos en los que el medicamento de referencia
no exista en España.

Regulación de homeopáticos

Con
el mismo criterio de unificación, se recogen en este real decreto los
medicamentos especiales que contaban con su propia regulación y que
mediante esta norma se derogan.

Así, quedan integrados en este
real decreto los medicamentos inmunológicos, los medicamentos
homeopáticos, los gases medicinales y los preparados a base de especies
vegetales medicinales.

Fuente: SATSE

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